Asunto:

En Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, una mujer recibió atención inadecuada durante su embarazo y, al momento de dar a luz, fue víctima de violencia obstétrica; mientras que el personal médico negó al producto de la gestación los cuidados intensivos y urgentes que requería, lo que derivó en su fallecimiento en el Hospital General de Zona número 2 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS); situación que llevó a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) a emitir la Recomendación 170/2023 a dicha dependencia.

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Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos relativos a la protección de la salud, derecho a una vida libre de violencia obstétrica de QV1, al derecho a la vida de V2 y derecho de acceso a la información en materia de salud, en la Unidad de Medicina Familiar No. 23 y en el Hospital General de Zona No. 2 del Instituto Mexicano del Seguro Social, en Tuxtla Gutierrez, Chiapas

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Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud y a una vida libre de violencia obstétrica de QV, a la vida y al interés superior de la niñez de V, así como al acceso a la información en materia de salud en agravio de QV, VI1, y VI2 en el Hospital General de Zona con medicina familiar No. 1 del Instituto Mexicano del Seguro Social en Pachuca, Hidalgo

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Asunto:

Derivada de una inadecuada atención médica, la cual provocó que una paciente tuviera complicaciones y, como consecuencia, se le practicara una histerectomía total, y dado que tales acciones constituyen violaciones a los derechos humanos relativos a la protección de la salud, a la integridad personal, a una vida libre de violencia obstétrica, a la libertad y autonomía reproductiva, atribuibles a personal de la Unidad de Medicina Familiar número 220 (UMF-220) y del Hospital de Ginecología y Obstetricia número 221 (HGO-221) en Toluca, Estado de México, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 101/2023 al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

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Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud y a una vida libre de violencia obstétrica de QV y V, a la vida por inadecuada atención médica y al interés superior de la niñez en agravio de V recién nacido, así como también al acceso a la información en materia de salud en agravio de QV y QVI, en el Hospital General de Subzona con medicina familiar número 46 en Umán, Hospital General de Zona Número 1 y la Unidad Médica de Alta Especialidad ambos en Mérida, del IMSS, en Yucatán

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Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos relativos a la protección de la salud, a la integridad personal, a una vida libre de violencia obstétrica, a la libertad y autonomía reproductiva en agravio de V1, en la Unidad de Medicina Familiar 220 y el Hospital de Ginecología y Obstetricia 221, del Instituto Mexicano del Seguro Social, en Toluca, Estado de México

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Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos relativos a la protección a la salud, a la vida de V1, a una vida libre de violencia obstétrica, de V1 y V2; y daño al proyecto de vida de V2, V3, V4, y V5, en el Hospital General de Zona y Unidad de Medicina Familiar No.2, en Zacapu, y en el Hospital General Regional No. 1, en Morelia, Michoacán, ambos del IMSS

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Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a una vida libre de violencia obstétrica, a la vida y al interés superior de la niñez, por inadecuada atención médica en agravio de V; así como, al acceso a la información en materia de salud, en agravio de QV, en el Hospital General de Zona Número 3 del IMSS, en Navojoa, Sonora.

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Asunto:

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 180/2022 al titular del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), Pedro Mario Zenteno Santaella, por violaciones a los derechos humanos a la protección a la salud, a la integridad personal, a una vida libre de violencia obstétrica, a la libertad y autonomía reproductiva, y daño al proyecto de vida, en agravio de una víctima, paciente en el Hospital General “Dr. Fernando Quiroz Gutiérrez” de la Ciudad de México (CDMX), atribuibles a personal de ese nosocomio.

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Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección a la salud, a la integridad personal, a una vida libre de violencia obstétrica, a la libertad y autonomía reproductiva en agravio de V así como el daño al proyecto de vida en su agravio y de VI1, en el Hospital General “Dr. Fernando Quiroz Gutiérrez” del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en la Ciudad de México.

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