La revista Perspectiva Global (PG) es una publicación mensual cuyo contenido es planeado a partir de un eje temático basado en las fechas relevantes nacionales e internacionales del mes. Teniendo como objetivo la construcción de una cultura de paz y de derechos humanos manteniendo cercana e informada a la población, brindandolas herramientas necesarias que les permitan conocer sus derechos humanos y la forma de ejercerlos.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y al trato digno en agravio de V, persona adulta mayor; así como al acceso a la información en materia de salud en agravio de QVI, VI1, VI2, VI3, VI4, VI5 y VI6, atribuibles a personas servidoras públicas de la Clínica Hospital del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en Matehuala, San Luis Potosí
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) la Recomendación 107/2025, en la cual le solicita colaborar en el trámite y seguimiento de la Carpeta de Investigación iniciada por la Fiscalía General de Justicia de San Luis Potosí contra las personas responsables de no haber dado a la víctima el seguimiento clínico, diagnóstico y terapéutico requeridos
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud y a la vida en agravio de V, así como al acceso a la información en materia de salud en agravio de QVI, VI1, VI2 y VI3, atribuibles a personas servidoras públicas del Hospital General de México “Dr. Eduardo Liceaga” en la Ciudad de México.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y al trato digno en agravio de V, persona adulta mayor, así como al acceso a la información en materia de salud de QVI, VI1 y VI2, atribuibles a personas servidoras públicas del Hospital General Regional no. 1 del Instituto Mexicano del Seguro Social en el Estado de Querétaro
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y al trato digno en agravio de V persona adulta mayor; así como, al acceso a la información en materia de salud en agravio de QVI y de VI, por personal del Hospital General “Presidente Lázaro Cárdenas”, del ISSSTE en Chihuahua, Chihuahua.
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) deberá otorgar atención psicológica y/o tanatológica, además de reparar integralmente el daño, a los familiares de una mujer quien perdió la vida por deficiente atención médica y actos constitutivos de violencia obstétrica en el Hospital de Gineco Obstetricia número 3 del Centro Médico Nacional “La Raza”, en la Ciudad de México, según consta en la Recomendación 92/2025 emitida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).
Una persona adulta mayor recibió diagnóstico de colon irritable en el Hospital Regional “Lic. Adolfo López Mateos” (HR ALM); sin embargo, se agravó y fue internado en ese Hospital. Allí, fue víctima de varias omisiones y falleció. Por ello la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 62/2025 al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), en la cual pide la reparación integral del daño y atención psicológica y/o tanatológica a dos familiares de la víctima.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la vida, a la salud materna, a una vida libre de violencia de tipo obstétrica de V1; al acceso a la información en materia de salud de QVI1, VI2, QVI3, VI4, VI5 y VI6; así como al proyecto de vida de QVI1, QVI3, VI4, VI5 y VI6, al derecho humano a la integridad de QVI1 y QVI3 y respecto a VI2 sobre la vulneración a su derecho humano a la protección de la vida familiar en observancia al interés superior de la niñez; en el Hospital de Gineco Obstetricia no. 3 del Centro Médico Nacional (La Raza) del Instituto Mexicano del Seguro Social en la Ciudad de México.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y al trato digno de V, persona adulta mayor, así como al acceso a la información en materia de salud en agravio de QVI y VI1 atribuibles a personal del Hospital Regional “Lic. Adolfo López Mateos” del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado en la Ciudad de México.




