Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, al proyecto de vida y al trato digno, así como al acceso a la información en materia de salud en agravio de QV, persona adulta mayor, por personal médico del Hospital General de Zona No. 8 del Instituto Mexicano del Seguro Social, en Uruapan, Michoacán

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Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y al trato digno de V, persona adulta mayor, así como al acceso a la información en materia de salud en agravio de QVI, en el Hospital Regional “1 de Octubre” del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado en la Ciudad de México

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Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud y al trato digno, en agravio de V, persona adulta mayor, así como al acceso a la información en materia de salud en agravio de QVI, VI1 y VI2 atribuibles a personal del Hospital Regional “Gral. Ignacio Zaragoza” del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en la Ciudad de México.

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Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida, al trato digno y al acceso a la información en materia de salud en agravio de V en el Hospital General de Zona Número 71, en Chalco, Estado de México, así como en la Unidad Médica de Alta Especialidad, “Dr. Antonio Fraga Mouret” del Centro Médico Nacional “La Raza”

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Deficiencias en el otorgamiento de un diagnóstico certero y temprano por parte de personal médico del Hospital General “Dr. Darío Fernández Fierro” y del Hospital Regional “Lic. Adolfo López Mateos”, ubicados en la Ciudad de México, provocaron el deterioro de la salud de una mujer que padecía una tromboembolia pulmonar, la cual derivó en otras complicaciones que la obligaron a usar oxígeno complementario para respirar correctamente, situación que llevó a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) a emitir la Recomendación 98/2023 al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).

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Luego de acreditar violaciones graves al derecho a la libertad, a la integridad y a la seguridad personal, por la desaparición forzada de tres personas en la comunidad de Topilejo, perteneciente a la alcaldía Tlalpan en la CDMX, en la que participaron elementos de la Guardia Nacional (GN) y de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México (SSC-CDMX), y tras comprobar violaciones a la seguridad jurídica, al derecho a la verdad y a la procuración de justicia, cometidas por personal de la Fiscalía General de Justicia de la CDMX (FGJCDMX), la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 110VG a la titular de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), al Comandante de la GN, así como, a las personas titulares de la SSC-CDMX y de la FGJCDMX.

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Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de salud y al trato digno de V, persona adulta mayor, así como al acceso a la información en materia de salud en agravio de QVI, VI1 y VI2 en el Hospital General de Zona número 27 del IMSS en Ciudad de México.

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Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud y al acceso a la información en materia de salud, en agravio de V, en el Hospital General de Zona No. 24 del IMSS en la Ciudad de México.

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Asunto:

Sobre el caso de violaciones graves a los derechos humanos a la libertad, a la integridad y seguridad personal, por la detención arbitraria y desaparición forzada, en agravio de V1, V2 y V3, por elementos de la Guardia Nacional y de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México en Huitzilac, Morelos; así como, por violaciones a la seguridad jurídica por retardar la procuración de justicia y al derecho a la verdad en agravio de V1, VI1, VI2, VI3, VI4, VI5, VI6 y VI7, por personas servidoras públicas de la Fiscalía General de Justicia de la ciudad de México

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Sobre el caso de violaciones graves a los derechos humanos a la integridad personal y al trato digno por actos de tortura; la seguridad jurídica, legalidad y libertad personal por la detención arbitraria y retención ilegal; el acceso a la justicia en su modalidad de procuración de justicia y a la verdad, en agravio de V, por elementos de la entonces Policía Federal y personal de la entonces Procuraduría General de la República, en la Ciudad de México

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