Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación y a una vida libre de violencia en su modalidad institucional de QV1; a la protección de la familia y al proyecto de vida de QV1 y V2; así como al interés superior de la niñez de V2, como personas indígenas tlapanecas, atribuibles a personal de la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes y del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia en la Ciudad de México.
Luego de una extensa investigación, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) determinó que el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (SNDIF) y la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes (PFPNNA) vulneraron los derechos humanos de una mujer y su hija, personas indígenas tlapanecas, en la Ciudad de México, de acuerdo con la Recomendación 111/2025, dirigida a ambas instancias.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la no discriminación, a la libre determinación, a la seguridad y libertad personal, a la vivienda y patrimonio en agravio de V1, V2, V3 y V4, a una vida libre de violencia de género en agravio de V1 y V2; así como al interés superior de la niñez y la adolescencia en agravio de V2, V3 y V4, personas indígenas tzotziles, atribuibles a personal de la Secretaría para el Desarrollo Sustentable de los Pueblos Indígenas, de la Fiscalía General y del H. Ayuntamiento de Zinacantán, Chiapas.
SÍNTESIS PARA TRADUCCIÓN A LENGUA TZOTZIL DEL ESTE BAJO
“SK’OPLAL YU’UN MU BU LA JYICH’EL TI MUK TI DERECHOETIK YU’UN TI KRIXCHANOTIKE SVENTA YU’UN MU XICH’IK P’AJEL, SK’ELEL XCHAPANEL SKUXLEJALIK, XCHA’BIELIK, SKOLELIK, SNAIK TI BU XU’ LEK XKUXAN SBAIK XCHU’UK TI SKUTIKIKE A’ SKOJ TI TE ISTA SVOKOL TI V1,V2,V3 XCHU’UK V4, MUK’ XICH’EBELIK TI MUK TI SLEKIL XKUXLEJAL TI BU MU’YUK ILBAJINEL TI STOJOL TI V1 XCHU’UK V2 SKOJ YU’UN A’ ANTSATIKE; ECH NIXTOK MUK’ XICH’EL TI K’ELEL TI SDERECHO SLEKIL XKUXLEJAL TI UNIN TSEB-KEREMETIKE XCHU’UK TI UNIN JCH’IOMAL ANTS VINIKE TI A’ SKOJ LAJ STA SVOKOL TI V2, V3 XCHU’UK V4, TI A’IK BATSI VINIK-ANTSETIKE, TI A’ CHOPOL LAJ SPAS TI JTUNELETIK YU’UN SECRETARÍA PARA EL DESARROLLO SUSTENTABLE DE LOS PUEBLOS INDIGENAS, FISCALÍA GENERAL XCHU’UK A’MTELETIK YU’UN H. AYUNTAMIENTO YU’UN ZINACANTÁN, CHIAPAS”
En ocasión del Día Internacional de las Mujeres Indígenas, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) reitera la necesidad de atender de manera urgente la situación que viven las mujeres indígenas dentro y fuera de sus comunidades, al tiempo que exhortamos a las instituciones del Estado a proteger sus derechos con una perspectiva interseccional, intercultural y desde un abordaje intergeneracional.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), con motivo de la conmemoración del Día Internacional de los Pueblos Indígenas, expresa su preocupación por las dinámicas de pobreza, exclusión, desigualdad y marginalidad que siguen padeciendo pueblos y comunidades indígenas de México, las cuales impiden que sus derechos, a pesar de estar reconocidos a nivel constitucional, sean efectivamente respetados en los hechos.
Este Organismo Nacional Exhorta a las autoridades estatales de Chiapas a garantizar, la seguridad, justicia y la paz social en la Comunidad de Oxchuc, Chiapas, toda vez que son condiciones necesarias para acceder a una vida plena y libre de violencia del Municipio y al cumplimiento de la Recomendación 66/2018 que emitió este Organismo Nacional el 30 de noviembre de 2018, muy en particular sobre las acciones que se han implementado, para el cumplimiento de las recomendaciones Quinta y Sexta del Instrumento Recomendatorio citado, que señalan:
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) exhorta al Congreso del estado de Guerrero para que cumpla, debidamente, con la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que lo obliga a realizar dentro del proceso legislativo de modificación de la Ley Número 701 de Reconocimiento, Derechos y Cultura de los Pueblos y Comunidades Indígenas y de la Ley Número 777 del Sistema de Seguridad Pública, ambas de esa entidad, una consulta previa, libre, informada, culturalmente adecuada y de buena fe.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 51/2022 al titular de la Fiscalía General del Estado (FGE) de Chiapas, Olaf Gómez Hernández, por vulnerar los derechos humanos de cuatro mujeres indígenas tsotsiles de esa entidad, quienes fueron detenidas en el municipio de San Cristóbal de las Casas, al considerar que estaban involucradas en la comisión del delito de trata de personas, por lo que fueron aprehendidas y recluidas en penales de esa entidad durante aproximadamente cinco meses.
Sobre el caso de violaciones a las garantías de seguridad jurídica, debido proceso y acceso a la justicia; así como a los derechos humanos al respeto de sus usos y costumbres, al honor y la dignidad humana, en agravio de V1, V2, V3 y V4, del Estado de Chiapas.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 41/2022 al Secretario de Marina (SEMAR), almirante José Rafael Ojeda Durán y al gobernador de Sonora, Alfonso Durazo Montaño, por la detención arbitraria y retención ilegal de tres personas indígenas quienes desarrollaban labores agrícolas en esa entidad.




