Sobre las violaciones a los derechos humanos a la seguridad jurídica, a la seguridad social y al principio de la previsión social, atribuible al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, por restringir el derecho de QV a percibir, íntegramente y de forma simultánea, las pensiones por riesgos del trabajo y jubilación.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud materna, a una vida libre de violencia en su modalidad de violencia obstétrica y al acceso a la información en materia de salud de QV1; así como al proyecto de vida de QV1, VI1 y VI2 en el Hospital de Gineco Obstetricia No. 4 “Luis Castelazo Ayala”, de la Unidad Médica de Alta Especialidad del Instituto Mexicano del Seguro Social en la Ciudad de México.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud materna, a una vida libre de violencia obstétrica, y al acceso a la información en materia de salud de QV1; al interés superior de la niñez y a la protección de la salud de V2, así como al proyecto de vida QV1 y V2 en Hospital General Regional No. 66 del Instituto Mexicano del Seguro Social en Ciudad Juárez, Chihuahua.
Sobre la no aceptación a la propuesta de conciliación respecto a las violaciones a los derechos humanos a la legalidad, a la seguridad jurídica y seguridad social, por restringir a QV el acceso a una pensión por viudez del ISSSTE, por encontrarse desempeñando un trabajo remunerado incorporado al régimen del mismo Instituto.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y al trato digno de V, persona adulta mayor, atribuibles a personas servidoras públicas del Hospital General de Zona con Medicina Familiar Número 1 del Instituto Mexicano del Seguro Social en el Estado de Baja California Sur.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud y a la vida en agravio de V; así como, al acceso a la información en materia de salud en agravio de QVI, VI1 y VI2, por personal médico en el Hospital Rural Número 33 del Instituto Mexicano del Seguro Social en Ramos Arizpe, Coahuila.
A raíz de la información divulgada en las últimas horas a través de diversos medios de comunicación sobre presuntas listas que contendrían los nombres de “183 personas detenidas en México entre 1972 y 1974”, de quienes se infiere habrían sido víctimas de los llamados “vuelos de la muerte”, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) considera que esta es una gran oportunidad para profundizar en un episodio clave de la llamada “Guerra Sucia”.
Sobre el caso de violaciones graves a los derechos humanos al trato digno, a la integridad y seguridad personal, por actos de tortura en agravio de V, cometidos por elementos de la Secretaría de Marina, Fiscalía General del Estado de Colima y la Dirección General de Seguridad Pública y Policía Vial de Manzanillo, Colima
Luego de confirmar que personal médico del Hospital General de Zona con Unidad de Medicina Familiar número 29 en la Ciudad de México no dio la atención médica adecuada a la paciente adulta mayor, violando sus derechos humanos a la salud, a la vida y al trato digno, así como al derecho humano de acceso a información en materia de salud de sus familiares, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 123/2024 al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
Sobre el caso de violaciones graves a los derechos humanos a la libertad personal, integridad personal y al trato digno, por actos de tortura en agravio de V, atribuibles a la entonces Procuraduría General de la República y a la entonces Secretaría de Seguridad Pública (Federal); así como, violaciones de acceso a la justicia en agravio de V por parte de personal de la Fiscalía General de la República




