Asunto:

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 69/2023 al Gobierno Constitucional del estado de Coahuila, al Instituto Nacional de Migración (INM) y a la Fiscalía General de Justicia del Estado de esa entidad, por retornar indebidamente hacia el estado de Nuevo León a siete personas en contexto de migración, de diversas nacionalidades, hechos atribuibles a personas servidoras públicas adscritos a las dependencias mencionadas durante el año 2022.

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Asunto:

Como parte de los informes periódicos que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) realiza en torno a los datos acumulados en el Sistema Nacional de Alerta de Violación de Derechos Humanos (SNA), se informa que, durante el mes de marzo pasado, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS); el Instituto Nacional de Migración (INM); el Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social (OADPRS) de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana; la Secretaría de Bienestar y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) se constituyeron como las cinco autoridades con mayor número de expedientes de presunta violación a los derechos fundamentales registrados en dicho periodo.

Asunto:

En cumplimiento de la Recomendación 98VG/2023, y como una medida de reivindicación y de memoria histórica.

Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la integridad y seguridad personal, así como al trato digno en agravio de QV, asimismo al principio del interés superior de la niñez en agravio de V, personas en contexto de migración que transitaban por el Municipio de Acayucan, Veracruz.

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Asunto:

Respecto al caso de la jueza Angélica Sánchez Hernández, detenida presuntamente de forma ilegal el pasado 5 de junio, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) recuerda a las autoridades encargadas de la administración e impartición de justicia que es obligación del Estado mexicano prevenir, atender, investigar y sancionar la violencia contra las mujeres, con la finalidad de garantizar su derecho a una vida libre de violencia y su acceso a la justicia, con pleno respeto a sus garantías de debido proceso.

Asunto:

Sobre el caso de violaciones graves a los derechos humanos a la integridad personal y al trato digno por actos de tortura; la seguridad jurídica, legalidad y libertad personal por la detención arbitraria y retención ilegal; el acceso a la justicia en su modalidad de procuración de justicia y a la verdad, en agravio de V, por elementos de la entonces Policía Federal y personal de la entonces Procuraduría General de la República, en la Ciudad de México

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Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la seguridad jurídica, al debido proceso, en agravio de V1, V2, V3, V4 y V5, así como del interés superior de la niñez de V3 y V4, familia inadmitida en México por personal del Instituto Nacional de Migración en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México

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Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y al acceso a la información en materia de salud, en agravio de V, en el Hospital General de Zona 3, en Mazatlán, Sinaloa, y en la Unidad Médica de Alta Especialidad número 2, en Ciudad Obregón, Sonora, ambos del Instituto Mexicano del Seguro Social

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Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección a la salud, a la vida y al acceso a la información en materia de salud en agravio de V, en el Hospital General Regional número 58 del Instituto Mexicano del Seguro Social en León, Guanajuato

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