Asunto:

Sobre la violación al derecho al trato digno e integridad personal por uso excesivo de la fuerza y actos de tortura a consecuencia de inadecuadas condiciones de habitabilidad, así como al derecho a la reinserción social, seguridad jurídica, legalidad y al acceso a la justicia y a la verdad en agravio de personas privadas de la libertad en el Centro de Reinserción Social No. 1 Norte en Apodaca, Nuevo León.

Asunto:

Palabras de la Presidenta de la CNDH y respuestas a las preguntas que le realizaron los senadores.

Asunto:

Sobre la vulneración a los derechos a la seguridad social, así como a la legalidad y seguridad jurídica, en agravio de V, por la dilación en el otorgamiento de un certificado médico de invalidez por enfermedad o accidente ajeno al trabajo, atribuibles a la delegación en el Estado de México, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

Asunto:

Sobre la vulneración a los derechos humanos a la legalidad y seguridad jurídica, así como a la seguridad social, atribuibles al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado en Quintana Roo, por restringir a V el acceso a una pensión por viudez, por encontrarse desempeñando un trabajo remunerado incorporado al régimen de dicho instituto social.

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Asunto:

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), cada año publica el Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria (DNSP), instrumento que presenta un panorama general del estado que guardan las prisiones del país. En este documento se observa a partir de diversos indicadores, cuales son las principales problemáticas a atender en cada Estado y en la Federación, así como aquellas acciones que han tenido resultados positivos en la mejora de condiciones de internamiento, entre otros aspectos que redundan en garantizar, proteger y respetar el derecho a la reinserción social de las personas privadas de la libertad.

Asunto:

El presente Modelo tiene como propósito señalar las ba­ ses para un sistema postpenitenciario orientado al res­ peto de los Derechos Humanos de las personas que han salido de prisión y retornan a la sociedad, buscando que sea un proceso efectivo, mediante el cual se coadyuve en una incorporación adecuada, que haga posible la pre­ vención de nuevas conductas delictivas. Sin embargo, no se puede únicamente destinar este proceso a la persona egresada, esperando que se conduzca conforme a la nor­ ma sin contar con apoyo alguno, ya que todos los es­ tímulos provenientes del medio que los rodea pueden influir tanto positiva como negativamente en ello.

Asunto:

Para la debida atención al Sistema Penitenciario Mexicano, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) ha trabajado intensamente para lograr el cumplimiento del artículo 18 constitucional en lo relativo a la organización de este sistema sobre la base del respeto a los Derechos Humanos para alcanzar la reinserción social, así como para que la persona no vuelva a delinquir.

Asunto:

Como parte de las acciones de atención a grupos prioritarios que llevamos cabo en la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), este 6 de diciembre, se recibió a comisarios del estado de Guerrero, habitantes de las comunidades indígenas del municipio de Cochoapa El Grande, ubicado en la Región Montaña Alta del Estado de Guerrero.

Asunto:

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 77VG/2022 al titular de la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA), Luis Cresencio Sandoval González, por violaciones graves a derechos humanos de una víctima, quien fue sometida a detención arbitraria, retención ilegal y actos de tortura, atribuibles a elementos militares en Baja California, en el año 2009.

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Asunto:

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 211/2022 al Comisionado del Instituto Nacional de Migración (INM), Francisco Garduño Yáñez, por inadmitir a una persona extranjera, de nacionalidad pakistaní, quien, el 10 de abril de 2022, arribó al Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM), ocasión en la que fue enviado a una segunda revisión y, durante dicha diligencia, personal de ese Instituto realizó una consulta a su nombre en el Sistema Electrónico de Trámites Migratorios (SETRAM), encontrando un registro de trámite de autorización de visa por unidad familiar resuelto negativamente por la Oficina de Representación en la Ciudad de México, por lo que se ordenó su rechazo al país, aún y cuando contaba con visa mexicana de residente temporal, sin que le proporcionaran traductor, ni comunicación con su familia o embajada.

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