Sobre el caso de violaciones al principio de no devolución y a los derechos humanos a la libertad personal, seguridad jurídica y a la legalidad de V, persona de nacionalidad hondureña en contexto de migración y solicitante del reconocimiento de la condición de refugiado en México.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la seguridad jurídica, a la legalidad, a la libertad en agravio de QV, V1 y V2; así como al principio del interés superior de la niñez en agravio de V1 y V2, personas en contexto de migración internacional, por personal del Instituto Nacional de Migración en Reynosa, Tamaulipas.
Sobre el caso de violación al derecho humano a la protección de la salud, al proyecto de vida, así como al derecho humano de acceso a la información en materia de salud en agravio de V atribuible a personal del Hospital General de Zona No. 1 en la ciudad de Campeche, Campeche, así como del Hospital de Traumatología “Dr. Victorio de la Fuente Narváez” en la Ciudad de México, ambos del Instituto Mexicano del Seguro Social.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud y a la vida en agravio de V, atribuibles a personal de la Unidad de Medicina Familiar número 28 “Del Valle” y de la Unidad Médica de Alta Especialidad del Hospital de Especialidades del Centro Médico Nacional Siglo XXI “Dr. Bernardo Sepúlveda Gutiérrez” del Instituto Mexicano del Seguro Social.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y al trato digno en agravio de V, persona adulta mayor, así como al acceso a la información en materia de salud en agravio de QVI1, QVI2, QVI3, QVI4, QVI5 y QVI6, atribuibles a personal del Hospital General “Dr. Santiago Ramón Cajal” del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en Durango.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud y a la vida en agravio de V, así como al acceso a la información en materia de salud, en agravio de QVI, VI1 y VI2 atribuible a personal médico del Hospital General Regional No. 1 “Carlos Mac Gregor Sánchez Navarro” y del Hospital General de Zona No. 32, Ambos del Instituto Mexicano del Seguro Social, en la Ciudad de México.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud y al trato digno de V, persona adulta mayor, así como al acceso a la información en materia de salud en agravio de QVI, VI1, VI2, VI3, VI4, VI5 y VI6, atribuibles a personal del Hospital General de Zona no. 2-A “Troncoso” del Instituto Mexicano del Seguro Social y Hospital General Iztapalapa “Dr. Juan Ramón de la Fuente” de la Secretaría de Salud de la Ciudad de México.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud y a la vida, en agravio de V, así como al acceso a la información en materia de salud, en agravio de QVI Y VI1, VI2 y VI3 por personal médico del Hospital General Regional Número 58 y de la Unidad Médica de Alta Especialidad No. 1 del Centro Médico Nacional del Bajío ambos del Instituto Mexicano del Seguro Social, en León, Guanajuato.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y al trato digno en agravio de V, persona adulta mayor, así como al acceso a la información en materia de salud en agravio de QVI y VI, atribuibles a personal del Hospital General de Zona con Medicina Familiar No. 4 del Instituto Mexicano del Seguro Social, en Ciudad del Carmen, Campeche.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 136VG/2023, por violaciones graves a los derechos humanos a la integridad personal y al trato digno, en relación con actos de tortura sexual cometida por personas servidoras públicas adscritas a la entonces Procuraduría General de la República (PGR), a la Fiscalía General del Estado de Morelos (FGEM) y a la Comisión Estatal de Seguridad Pública (CESP), en agravio de una persona detenida el 24 de febrero de 2015 en Jiutepec, Morelos.