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Asunto:

Por haber violentado el domicilio y torturado a una persona, y por la deficiente investigación de los hechos en agravio de dos víctimas, siendo una de éstas, quien falleció en los hechos, acontecidos en el Estado de Jalisco, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, (CNDH), emitió la Recomendación 19/2020, dirigida al Secretario de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), Alfonso Durazo Montaño; al Fiscal General de la República, Alejandro Gertz Manero, y al Fiscal General del Estado de Jalisco, Gerardo Octavio Solís Gómez.

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Asunto:

Por el caso de un hombre que se desempeñaba como Agente del Ministerio Público Federal titular de la UMAN en el municipio de Comalcalco, Tabasco, que estuvo en prisión durante casi siete meses sin elementos probatorios que acreditaran su participación en los delitos que se le atribuyeron, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 34VG/2020 al Secretario de la Defensa Nacional, Luis Cresencio Sandoval González, al Gobernador Constitucional del Estado de Tabasco, Adán Augusto López Hernández, al Fiscal General del Estado de Tabasco, Jaime Humberto Lastra Bastar por violaciones graves a los derechos humanos a la libertad, seguridad personal y legalidad por su desaparición forzada transitoria y otras consistentes en detención arbitraria, retención ilegal y actos de tortura, así como al Fiscal General de la República, Alejandro Gertz Manero y al Fiscal General del Estado de Tabasco, Jaime Humberto Lastra Bastar, por la violación al derecho humano de acceso a la justicia en su modalidad de procuración de justicia.

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Asunto:

A través de distintas fuentes hemerográficas, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), tuvo conocimiento de diferentes casos de asesinatos de mujeres acontecidos en diversos municipios del Estado de Puebla. Según datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, el Estado de Puebla se encuentra dentro del bloque de los Estados de la República Mexicana con las mayores tasas de feminicidio. Mientras que el municipio de Puebla, forma parte del bloque de municipios con la misma problemática, ubicándose en el cuarto lugar a nivel nacional.

Asunto:

Es necesario que la población conozca sus derechos, se familiarice con su defensa y contribuya a solucionar los problemas que enfrenta el país en esta materia, mediante la participación y el intercambio pacífico de ideas, así lo manifestó la Presidenta de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), Maestra Rosario Piedra Ibarra, al inaugurar el Seminario Permanente de Derechos Humanos y Cultura.

Asunto:

Por el uso excesivo de la fuerza que derivó en la privación de la vida de una persona y en la afectación a la integridad física de dos más, atribuibles a la entonces Policía Federal (PF), así como en la ejecución arbitraria de otra persona, atribuible a dicha Institución y por la inadecuada preservación del lugar de los hechos por personal de la entonces PF y de la Fiscalía General del Estado de Tabasco, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 33VG/2020 al Secretario de Seguridad y Protección Ciudadana, Alfonso Durazo Montaño y al Fiscal General del Estado de Tabasco, Jaime Humberto Lastra Bastar, respectivamente.

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Asunto:

La CNDH vigila las quejas relacionadas con la falta de atención médica, omisión de proporcionar medicamentos, negligencias médicas, omisión por resguardo domiciliario y falta de medidas de protección y se revisa la información acumulada a efecto de evaluar el impacto potencial que tienen estas problemáticas y ante los próximos pasos que deberán seguirse para enfrentar la pandemia y sus secuelas. Dentro del conjunto de desafíos laborales se incluye el seguimiento de estrictas medidas de prevención que deben incorporarse para atender, sustancialmente, la falta de equipos de protección personal en instalaciones de atención médica, que se cumplan las pautas sanitarias y se alcance una intervención ante la imposibilidad de reclamos abiertos y directos por parte del personal por temor a perder su fuente de empleo si se niegan a trabajar en condiciones inseguras.

Asunto:

La CNDH dirigió la Recomendación 16/2020 al Director General del IMSS, en virtud de que personal del HGR-196 del IMSS proporcionó una inadecuada atención médica, incurriendo en negligencia por omisión al no integrar la sospecha diagnóstica de una cetoacidosis diabética, lo que impidió su ingreso hospitalario para realizar la complementación diagnóstica a través de medios auxiliares que permitieran la clasificación de la enfermedad en cuanto a su gravedad; así como la instauración oportuna del tratamiento, situación que contribuyó no sólo al deterioro de su estado de salud con la aparición de daños irreversibles a nivel de diversos órganos y sistemas (cerebral, renal y pulmonar), sino a su posterior fallecimiento.

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Asunto:

La Presidenta de la CNDH, Mtra. Rosario Piedra Ibarra inaugurará de manera virtual el “Seminario Permanente de Cultura y Derechos Humanos”, el jueves 16 de julio a las 12:00 hrs. El coloquio responde a la prioridad planteada por este Organismo Nacional Autónomo de garantizar a la población mexicana la protección de sus derechos y proteger a las víctimas para construir una nación más justa, libre y segura.

Asunto:

La CNDH dirigió la Recomendación 15/2020 al Director General del ISSSTE, en virtud de que personal del Hospital 1º de Octubre en la Ciudad de México, incurrió en la inadecuada atención a una mujer y a su recién nacido, quien se presentó en el Hospital General Regional “1° de Octubre”, en la Ciudad de México, en donde al recién nacido se le afectó su derecho a la salud, a la vida y al interés superior de la niñez y a la madre su derecho a la protección de la salud, a una vida libre de violencia obstétrica.

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La Comisión Nacional de los Derechos Humanos lamenta que, a 30 años de la adopción de la Convención sobre los Derechos del Niño por la Organización de las Naciones Unidas y de las recomendaciones emitidas por el Comité de los Derechos del Niño a México, se presenten en diversas entidades federativas iniciativas de reforma para establecer en las leyes estatales de derechos de la niñez y las adolescencias el llamado “Pin Parental”, el cual pretende condicionar el ejercicio del derecho a la información sobre sexualidad, salud sexual y reproductiva, a la autorización previa y expresa de sus madres, padres y personas que ejercen la tutela para que puedan recibir esos contenidos en las escuelas