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Asunto:

La CNDH dirigió la Recomendación 14/2020 al Director General del ISSSTE, en virtud de que personal del Hospital General “Aquiles Calles Ramírez”, incurrió en negligencia médica por omisión, al dejar de llevar a cabo el protocolo de estudio de una persona (servidora pública de ese Instituto) por ser un caso sospechoso de Covid-19 y no apegarse a lo establecido en el lineamiento estandarizado respecto de las medidas preventivas para atender a los pacientes con este virus. Asimismo, por omitir adoptar las medidas necesarias para garantizar la confidencialidad del estado de salud de la persona agraviada.

Asunto:

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 13/2020, al Secretario de Seguridad y Protección Ciudadana, por actos de tortura en agravio de una persona del sexo masculino, así como al Fiscal General de la República, por la omisión de iniciar la investigación respectiva.

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Asunto:

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos emitió la Recomendación No. 12/2020, dirigida al Comisionado de Prevención y Readaptación Social, sobre la falta de atención médica especializada oportuna y tratamiento, así como de la omisión en el deber de cuidado que derivó en la pérdida de la vida de un interno en el Centro Federal de Readaptación Social en Tepic, Nayarit.

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Asunto:

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos emitió las Recomendaciones No.10/2020 y 11/2020, dirigidas a los Gobernadores Constitucionales de los estados de Tabasco y Quintana Roo, sobre las deficiencias que vulneran Derechos Humanos de las mujeres privadas de la libertad en los Centros Penitenciarios de dichas entidades.

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Asunto:

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) insta a las autoridades procuradoras de justicia del Estado de Tamaulipas a respetar y garantizar el debido proceso con motivo de la detención y ejecución de prisión preventiva en contra de la activista Susana Prieto Terrazas, defensora de derechos humanos, quien fue retenida el pasado 08 de junio a consecuencia de acompañar el 10 de marzo de 2020 una manifestación de obreros en las inmediaciones de la Junta de Conciliación y Arbitraje de Matamoros, en dicha Entidad, en favor de sus derechos laborales.

Asunto:

El incumplimiento a las distancias mínimas de separación horizontal que deben existir entre las líneas aéreas de distribución de energía eléctrica de media tensión y los edificios, derivó en lesiones por quemaduras a una persona, por lo que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 9/2020, dirigida a los Directores Generales de ambas Empresas Productivas, Manuel Bartlett Díaz y Guillermo Nevárez Elizondo, respectivamente, así como a los integrantes del H. Ayuntamiento de Nuevo Laredo, Tamaulipas.

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Asunto:

Para la CNDH asumir el compromiso de dar seguimiento a la participación de la Fuerza Armada permanente en funciones de seguridad pública, para cumplir con el mandato de proteger, observar, promover, estudiar y divulgar los derechos humanos que ampara el orden jurídico mexicano, resulta en una indispensable observancia que ayude a prevenir situaciones que vulneren la debida protección de los derechos humanos del pueblo mexicano. El seguimiento contempla aspectos como la actuación de la Fuerza Armada, de la Guardia Nacional, del uso de fuerza pública y de las acciones coordinadas, que se señalan en el artículo Quinto Transitorio del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de marzo de 2019 y para el cual este organismo ha urgido a la definición de leyes secundarias y parámetros y criterios de las tareas de excepción en materia de Seguridad Pública en las que se involucrarán.

Asunto:

Con motivo de los hechos suscitados los días 21 y 22 de junio pasado, en el Municipio de San Mateo del Mar, Oaxaca, donde pobladores de la citada comunidad perdieron la vida y otros más resultaron heridos, este Organismo Constitucional Autónomo, exhorta enérgicamente al Gobierno del Estado de Oaxaca, para que, con carácter urgente haga efectiva la protección y resguardo de la vida, integridad personal y seguridad de los habitantes de esa localidad.

Asunto:

El 12 de febrero de 2001, la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas, estableció que, a partir de ese año, el 21 de junio se celebraría el día del refugiado, para reconocer la importancia de las actividades en favor de los refugiados y otras personas, cuya labor contribuye a promover los propósitos y principios de paz, los derechos humanos y el desarrollo.

Asunto:

Para la CNDH, contar con datos confiables permite mostrar alcances y desafíos reales que planteen una atención de la pandemia basada en la elaboración constante de mapas de contagio y otros conjuntos de datos que permitan visualizar las carencias y su consecuente remediación. Si bien la experiencia de la emergencia sanitaria ha dejado importantes lecciones de comportamiento y colaboración social, es la responsabilidad que deben asumir los gobiernos para cubrir todos los pasos preventivos y necesarios tanto para mantener al alcance información clara y consistente como para responder a crisis en medio de las etapas de emergencia, para toda la población y de manera prioritaria para el personal médico y de enfermería.