El día de hoy, en las instalaciones de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), la presidenta Rosario Piedra Ibarra y el secretario ejecutivo de este organismo, Francisco Estrada Correa, sostuvieron una reunión con integrantes de la Colectiva Lleca-Escuchando la Calle, A.C. en la cual manifestaron su preocupación por la dilación en el cumplimiento de la Recomendación 42/2024, emitida por este órgano protector el 29 de febrero de 2024.



Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud materna, a una vida libre de violencia de tipo obstétrica y al acceso a la información en materia de salud en agravio de QV1, así como al proyecto de vida de QV1, VI1, VI3 y VI4, a la integridad personal de VI1 y VI2, en el Hospital General de Zona No. 1 con Medicina Familiar en La Paz, Baja California Sur, en la Unidad de Medicina Familiar No. 35 y en el Hospital General de Subzona No. 5, ambas ubicadas en la ciudad de Guerrero Negro, Baja California Sur, del Instituto Mexicano del Seguro Social.
Errores en la evaluación y vigilancia obstétrica, desestimación de antecedentes clínicos, así como inadecuada atención a la preeclamsia e insuficiencia placentaria que experimentó una mujer con 35 semanas de gestación, atribuibles a médicos de tres centros hospitalarios del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en Baja California Sur, ocasionaron el fallecimiento del producto del embarazo, de acuerdo con una investigación de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y al trato digno en agravio de V, persona adulta mayor; así como al acceso a la información en materia de salud en agravio de QVI, VI1, VI2, VI3 y VI4, atribuibles a personas servidoras públicas del Hospital General “B” del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en Tampico, Tamaulipas.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y al interés superior de la niñez, en agravio de V; así como, al acceso a la información en materia de salud en agravio de QVI y VI, atribuibles a personas servidoras públicas del Hospital General “Dr. Santiago Ramón y Cajal”, perteneciente al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) en Durango, Durango, y al Hospital del Niño, perteneciente a la Dirección de Salud Pública del municipio de Durango, Durango
Sobre el caso de Violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y al trato digno en agravio de V, persona adulta mayor; así como al acceso a la información en materia de salud en agravio de E QVI, VI1, VI2, VI3, VI4, VI5 y VI6, atribuibles a personas servidoras públicas del Hospital General del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en Tlaxcala, Tlaxcala.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, y a la vida en agravio de V, así como al acceso a la información en materia de salud en agravio de QVI, VI1 y VI2 atribuibles a personas servidoras públicas del Hospital General Regional con Medicina Familiar no. 1 del Instituto Mexicano del Seguro Social, en Cuernavaca, Morelos.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección a de la salud, a la vida y al trato digno en agravio de V persona adulta mayor, así como al acceso a la información en materia de salud en agravio de QVI y VI1, atribuibles al personal del Hospital General Regional No. 6 del Instituto Mexicano del Seguro Social, en Ciudad Madero, Tamaulipas.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud y a la vida en agravio de V, así como al acceso a la información en materia de salud en agravio de QVI, VI2, VI3, VI4 y VI5; atribuibles a personas servidoras públicas adscritas al Hospital Regional “1° de Octubre” del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en la Ciudad de México.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 94/2025 tras documentar que, en el Hospital Regional “1 de Octubre” (HR) del ISSSTE, en la Ciudad de México, una persona no recibió atención médica oportuna, integral ni coordinada después de una cirugía programada, lo que generó omisiones graves, retrasos en estudios clínicos y una deficiente supervisión del personal en formación.