Asunto:

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) condena enérgicamente los crímenes ocurridos en el Rancho Izaguirre, en Teuchitlán, Jalisco, así como las graves omisiones de las autoridades municipales y estatales en la protección, investigación y debida diligencia de los delitos cometidos en ese lugar.

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Asunto:

La Comisión Estatal de Derechos Humanos de Veracruz (CEDHV) dio trámite a una queja presentada el 13 de junio de 2020, en la cual se atribuye a personas servidores públicas de la FGEV la falta de debida diligencia en la integración de dos carpetas de investigación radicadas en la Unidad Integral de Procuración de Justicia en Boca del Río, Veracruz. Luego de investigar y acreditar los hechos, la CEDH dirigió la Recomendación 052/2023 a la Fiscalía General de Veracruz, la cual no aceptó mediante oficio del 4 de septiembre de 2023, sustentando que las carpetas de investigación habían sido determinadas a finales de agosto de ese año. Ante estos hechos, las víctimas presentaron Recurso de Impugnación ante esta CNDH.

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Asunto:

Sobre el recurso de impugnación de RV1 y RV2, por la no aceptación de la Recomendación 052/2023 emitida por la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Veracruz, vulnerando con ello el derecho humano de acceso a la justicia en su modalidad de procuración de justicia, a la debida diligencia y a la verdad en agravio de RV1 y RV2, atribuible a dicha Fiscalía.

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Asunto:

La revista Perspectiva Global (PG) es una publicación mensual cuyo contenido es planeado a partir de un eje temático basado en las fechas relevantes nacionales e internacionales del mes. Teniendo como objetivo la construcción de una cultura de paz y de derechos humanos manteniendo cercana e informada a la población, brindando las herramientas necesarias que les permitan conocer sus derechos humanos y la forma de ejercerlos.

Asunto:

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 29/2024 al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) por la violación de los derechos humanos a una vida libre de violencia de género y a la protección de la salud de una mujer, víctima de abuso sexual por parte de una persona médica del Hospital General de Zona número 10 (HGZ-10), en Santiago Ixcuintla, Nayarit; así como a la Fiscalía General de Justicia de ese estado (FGE Nayarit), debido a que su personal omitió actuar con perspectiva de género en la investigación de los hechos denunciados por la víctima, con lo cual violentó sus derechos a la seguridad jurídica y al acceso a la justicia.

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Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la legalidad y a la seguridad jurídica, así como al acceso a la justicia y al plazo razonable, atribuibles a la secretaría de inclusión y bienestar social de la ciudad de México, en agravio de V, por el incumplimiento de un laudo firme del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje.

Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la legalidad y a la seguridad jurídica, así como al acceso a la justicia y al plazo razonable, atribuibles a la Universidad Autónoma de Chapingo, en agravio de V, por el incumplimiento de un laudo firme de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.

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Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la legalidad y a la seguridad jurídica, así como al acceso a la justicia y al plazo razonable, atribuibles a la Universidad Autónoma de Chapingo, en agravio de V, por el incumplimiento de un laudo firme de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.

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