Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la seguridad jurídica y a la seguridad e integridad personal, en su relación con los principios mínimos de atención a las víctimas de delito e interés superior de la niñez, en agravio de V, adolescente no acompañada, en el Estado de Sonora.

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Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida; así como al acceso a la información en materia de salud, en agravio de V, en Hospital General de zona número 14, del Instituto Mexicano del Seguro Social, en Hermosillo, Sonora.

Asunto:

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 10/2023 al director general de Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), Pedro Mario Zenteno Santaella, por la violación a los derechos humanos a la seguridad social, a la legalidad y a la seguridad jurídica, atribuibles a cuando menos cuatro personas servidoras públicas adscritas a la Subdelegación de Prestaciones de la Delegación Estatal de Sonora, por demorar sin causa justificada, el otorgamiento definitivo del dictamen que certifique las lesiones orgánicas producidas con motivo del trabajo por incapacidad total o parcial (Formato RT-09), con el que la víctima podría concluir el trámite de su pensión por riesgos de trabajo por incapacidad parcial o total.

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Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a una vida libre de violencia obstétrica, a la vida y al interés superior de la niñez, por inadecuada atención médica en agravio de V; así como, al acceso a la información en materia de salud, en agravio de QV, en el Hospital General de Zona Número 3 del IMSS, en Navojoa, Sonora.

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Asunto:

Sobre la vulneración a los derechos a la seguridad social, así como a la legalidad y seguridad jurídica, en agravio de V, por la dilación en el otorgamiento de un certificado médico de invalidez por enfermedad o accidente ajeno al trabajo, atribuibles a la Delegación Estatal Sonora, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

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Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección a la salud y a la vida por inadecuada atención médica en agravio de V; así como, al acceso a la información en materia de salud, en agravio de QVI, en el Hospital General de Zona número 3 del Instituto Mexicano del Seguro Social, en Navojoa, Sonora.

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Asunto:

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 251/2022 al director general del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Zoé Alejandro Robledo Aburto, por violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y al acceso a la información en materia de salud en contra de un agraviado y una persona más por parte de once personas servidoras públicas del Hospital General de Subzona número 12 (HGSZ-12) en San Luis Río Colorado, Sonora y del Hospital General de Zona número 30 en Mexicali, Baja California.

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Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y al acceso a la información en materia de salud, en agravio de V, en el Hospital General de Subzona número 12 en San Luis Rio Colorado, Sonora y en el Hospital General de Zona número 30 en Mexicali, Baja California, ambos pertenecientes al Instituto Mexicano del Seguro Social.

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Asunto:

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 230/2022 al director general del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Zoé Alejandro Robledo Aburto, por violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida, al acceso a la información en materia de salud y por la inadecuada atención médica en la que incurrieron al menos ocho personas servidoras públicas que forman parte del personal médico de los hospitales General Regional número 1 (HGR-1), en Ciudad Obregón, y de Especialidades número 2 "Luis Donaldo Colosio Murrieta" (HE-2) en Cajeme, Sonora, quienes, por omisiones, inobservancia de las normas y mala práctica médica, contribuyeron al fallecimiento de una persona de 40 años, que cursaba padecimientos crónico-degenerativos y demandaba atención y servicios de urgencia que no fueron proporcionados.

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