
Por vez primera, en el 2008 la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos (OEA) aprobó la Resolución Derechos Humanos, Orientación Sexual e Identidad de Género”1, en la que los Estados miembro manifestaban su preocupación por los actos de violencia y violaciones de derechos humanos contra personas a causa de su orientación e identidad de género. En tanto que el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), en su Observación General No. 20 “La no discriminación y los derechos económicos, sociales y culturales”2 del 2 de julio de 2009, considera que el lugar de trabajo es uno de los espacios que requieren intervenirse, a fin de generar estrategias en contra de la discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de género.
Mensaje del Mtro. Luis Raúl González Pérez, Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, en la presentación del “Protocolo para garantizar el derecho a la no discriminación por identidad y expresión de género de las personas que laboran en el Instituto Nacional Electoral”