Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la integridad personal, a la vida y de acceso a la información de V1 en el Hospital General de Zona 1-A Dr. Rodolfo Antonio de Mucha Macias "Venados" y Unidad de Medicina Familiar No.19 del Instituto Mexicano del Seguro Social en la Ciudad de México.

Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud y al proyecto de vida de QV, así como al acceso a la información en materia de salud, en agravio de QV, VI1, VI2, VI3 y VI4, por personal médico del Hospital General de Zona no.47, y de la Unidad de Medicina Familiar no. 160, ambos del Instituto Mexicano del Seguro Social, en la Ciudad de México.

Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud y a una vida libre de violencia obstétrica de V1 y V2, a la vida por inadecuada atención médica y al interés superior de la niñez en agravio de V2 recién nacido; así como, al acceso a la información en materia de salud en agravio de QVI y V1, por personas servidoras públicas en el Hospital Rural número 39 del Instituto Mexicano del Seguro Social en Oxkutzcab, Yucatán.

Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a protección de la salud y a la vida de V, así como al acceso a la información en materia de salud y al proyecto de vida en agravio de QV, VI1, VI2, VI3 y VI4, por personal médico del Hospital General de Zona no.15 del Instituto Mexicano del Seguro Social en Reynosa, Tamaulipas, así como de la Unidad Médica de Alta Especialidad no. 25 de ese instituto en Monterrey, Nuevo León.

Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud; así como, al proyecto de vida en agravio de QV; y, al acceso a la información en materia de salud en agravio de QV, VI1 y VI2, por personas servidoras públicas en el Hospital General de Zona con Unidad Médica de Atención Ambulatoria no.15; y, en el Hospital General Regional no. 6, ambos del Instituto Mexicano del Seguro Social, en Tamaulipas.

Asunto:

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 230/2023 al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) por violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y a la información en materia de salud en agravio de una víctima, quien lamentablemente falleció ante la inadecuada atención médica proporcionada por personal médico del Hospital de Oncología del Centro Médico Nacional “Siglo XXI” (HOCMN-SXXI).

Asunto:

Luego de comprobar violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida, al trato digno, y al acceso a la información en materia de salud, cometidas por siete personas integrantes del equipo médico del Hospital General de Zona número 2 (HGZ-2) en San Luis Potosí, en contra de una persona adulta mayor, quien perdió la vida como consecuencia de omisiones, negligencia y un deficiente abordaje médico, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 227/2023 a las autoridades del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

Asunto:

Tras acreditar omisiones e inadecuada atención médica, derivada de la falta de seguimiento y vigilancia posoperatoria a una víctima, lo que representó violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida, así como al acceso a la información en materia de salud en su agravio y de su familiar, cometidas por ocho personas servidoras públicas adscritas al Hospital General de Zona con Unidad de Medicina Familiar número 76 (HGZUMF-76), en Ecatepec, Estado de México, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 226/2023 al titular del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

Asunto:

Personal médico del Hospital General de Zona número 15 (HGZ-15) del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), ubicado en Reynosa, Tamaulipas, demoraron el diagnóstico y la atención a una persona que presentaba síntomas de dengue e infección urinaria, provocando con ello su fallecimiento y la afectación al proyecto de vida de su madre e hija, persona menor de edad; por lo cual la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 225/2023 al director general de esa instancia de salud.