Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y al trato digno en agravio de V; así como, al acceso a la información en materia de salud en agravio de QVI, VI1 y VI2 por personal médico en el Hospital General de Zona número 13 del Instituto Mexicano del Seguro Social en Matamoros, Tamaulipas.
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y la Secretaría de Salud del Estado de Coahuila de Zaragoza (SSE) deberán reparar integralmente el daño causado a una mujer de escasos recursos económicos, quien fue víctima de violencia obstétrica y atención médica deficiente durante su embarazo en hospitales de ambas dependencias, ocasionando con ello afectaciones a su proyecto de vida y el fallecimiento de su bebé.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la salud materna, a una vida libre de violencia de tipo obstétrica, al acceso a la información en materia de salud en agravio de V1, así como al proyecto de vida de V1, VI1 y VI2, atribuibles a personal del Hospital Rural número 79 del Instituto Mexicano del Seguro Social en Matamoros, Coahuila y del Hospital General de la Secretaría de Salud del Estado de Coahuila, en Torreón, Coahuila.
De acuerdo con la investigación realizada por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), personal de la Unidad de Medicina Familiar número 9 (UMF-9) del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en San Francisco del Oro, Chihuahua, atendió deficientemente los problemas médicos que sufrió una mujer embarazada, provocando el deterioro de la salud del producto de la gestación y su posterior fallecimiento.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la salud materna, a una vida libre de violencia obstétrica, en agravio de QV1, así como daño al proyecto de vida de QV1, VI1, VI2 y VI3 en la Unidad de Medicina Familiar No. 09 del Instituto Mexicano del Seguro Social, en San Francisco del Oro, Chihuahua
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) solicitó al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) reparar el daño y proporcionar atención psicológica y/o tanatológica a los familiares de una mujer adulta mayor quien falleció por inadecuada atención médica en el Hospital General de Zona número 1-A (HGZ-1) “Dr. Rodolfo Antonio de Mucha Macías”, en la Ciudad de México.
Sobre el caso de violación a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y al trato digno de V, así como al acceso a la información en materia de salud en agravio de QVI y VI1 atribuibles a personal del Hospital General de Zona no. 1-A “Dr. Rodolfo Antonio de Mucha Macías” del Instituto Mexicano del Seguro Social, en la Ciudad de México.
Omisiones en la atención proporcionada a una mujer embarazada durante la gestación y el trabajo de parto, por parte de médicos del Hospital General de Zona número 11, del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en Piedras Negras, Coahuila, constituyeron actos de violencia obstétrica y afectaron considerablemente la salud del producto, quien desafortunadamente falleció.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud en agravio de V1 y V2, al trato digno, a una vida libre de violencia en su modalidad obstétrica en agravio de V1; así como, al interés superior de la niñez, a la protección de la vida en agravio de V2; y, al acceso a la información en materia de salud en agravio de V1, QVI y VI1, por personal médico del Hospital General de Zona número 11, del Instituto Mexicano del Seguro Social, en Piedras Negras, Coahuila.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y al trato digno en agravio de V; persona adulta mayor; así como, al acceso a la información en materia de salud en agravio de QVI, atribuibles a personal médico del Hospital General Regional no. 1 del Instituto Mexicano del Seguro Social, en Chihuahua, Chihuahua.