Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a una vida libre de violencia, a la legalidad y seguridad jurídica y al acceso a la justicia en sede administrativa, de V1, V2, V3, V4, V5 y V6, atribuidas a personal del Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias “Ismael Cosío Villegas” y de su Órgano Interno de Control.
Sobre la falta y/o actualización de programas de manejo en áreas naturales protegidas de carácter federal y su relación con el goce y disfrute de diversos derechos humanos.
Sobre los casos de violaciones a los Derechos Humanos de acceso a la seguridad social, igualdad, no discriminación, legalidad y seguridad jurídica con motivo de la declaración de improcedencia de la pensión por viudez en agravio de V1, V2 y V3 por causa de su estado civil.
Sobre el recurso de impugnación interpuesto por insuficiencia en el cumplimiento y no aceptación de la recomendación dirigida a los Presidentes Municipales de Jiutepec y Emiliano Zapata en el Estado de Morelos; en agravio de quienes habitan y transitan en dichos Municipios por la violación al derecho humano a un medio ambiente sano.
Sobre el caso de violaciones a los derechos al trato digno y a una vida libre de violencia contra la mujer, en agravio de V, por actos de autoridades del Gobierno de San Luis Potosí.
Sobre el recurso de impugnación interpuesto por la aceptación parcial de la recomendación dirigida al Presidente Municipal de Tijuana, Baja California; por violación a los derechos humanos a la integridad y seguridad personal, legalidad y seguridad jurídica, en agravio de V.
Sobre el caso de la violación a los derechos humanos a un medio ambiente sano, a la seguridad jurídica y al principio de legalidad, por la remoción de manglar para la realización del desarrollo “Malecón Cancún” (Proyecto Tajamar) en Quintana Roo.
Sobre el caso de las violaciones a Derechos Humanos por prestación indebida de la Función de Seguridad Pública y al Acceso a la Justicia en su modalidad de procuración de justicia en Carmen, Campeche.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la maternidad en el trabajo, a la protección de la salud, al desarrollo óptimo del producto de la gestación, a una vida libre de violencia obstétrica, al acceso a la información en materia de salud, al acceso a la justicia en sede administrativa y al deber de investigar con debida diligencia la violencia, en agravio de V1; a la lactancia materna de V1 y V2; y al interés superior de la niñez de V2 y V3.
Sobre la violación a los derechos humanos a un medio ambiente sano, saneamiento del agua y acceso a la información, en relación con la contaminación de los ríos Atoyac, Xochiac y sus afluentes; en agravio de quienes habitan y transitan en los Municipios de San Martín Texmelucan y Huejotzingo, en el Estado de Puebla; y en los Municipios de Tepetitla de Lardizábal, Nativitas e Ixtacuixtla de Mariano Matamoros, en el Estado de Tlaxcala.