Sobre el caso de violaciones graves a los derechos humanos a la integridad personal por actos de tortura en agravio de QV1, QV2, V1, QV3, V2, V3 y QV4, atribuibles a la Secretaría de Marina; asimismo, sobre actos de tortura y violencia sexual en agravio de QV3 y actos de tortura en agravio de V2, atribuibles a esa Secretaría y a la entonces Procuraduría General de la República, por hechos ocurridos en la Ciudad de México y en los estados de Nuevo León, Veracruz, Puebla, Guerrero, y Quintana Roo
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 188VG/2025 a la Secretaría de Marina (MARINA) y a la Fiscalía General de la República (FGR), derivada de la recepción y documentación de quejas que revelan un patrón en la comisión de actos de tortura por parte de elementos de MARINA y de la entonces Procuraduría General de la República (PGR), acontecidos entre 2010 y 2012 en las entidades federativas de Nuevo León, Veracruz, Ciudad de México, Puebla, Guerrero y Quintana Roo.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y al trato digno de V, persona adulta mayor, así como al acceso a la información en materia de salud en agravio de QVI, VI1, VI2, VI3, VI4 y VI5 atribuibles a personal del Hospital General de Subzona no. 10 del Instituto Mexicano del Seguro Social, en el Estado de Puebla.
Médicos del Hospital General de Subzona número 10 (HGSZ-10) del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), en Puebla, vulneraron los derechos humanos de una persona adulta mayor al otorgarle una atención inadecuada, de acuerdo con la investigación realizada por esta Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), misma que dio paso a la Recomendación 105/2025.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) reconoce la necesidad de que las entidades federativas adopten medidas legales que contribuyan a prevenir y sancionar la violencia digital. Sin embargo, manifiesta su preocupación por la reciente adhesión del artículo 480 al Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla, publicada este mes, tipificando de manera poco clara el delito de ciberasedio.




