Asunto:

Sobre el caso de violaciones graves a los derechos humanos por detención arbitraria, desaparición forzada y ejecución arbitraria de V, en Irapuato, Guanajuato.

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Asunto:

El 14 de octubre de 2020, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 39VG/2020, dirigida a la Secretaría de Gobernación, al gobernador constitucional del estado de Chiapas, al fiscal general de dicha entidad y a la presidenta municipal de Amatán por violaciones graves a derechos humanos durante los conflictos sociales suscitados en ese municipio, que derivaron en la privación de la vida de una persona, así como la ejecución arbitraria de dos más, con la tolerancia y/o aquiescencia de personas servidoras públicas de la entidad y del ayuntamiento en cita.

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Asunto:

La emisión de la Recomendación 45VG/2021 es un acto histórico que se fundamenta en el Artículo 1ero Constitucional y en las reformas de 2011

Asunto:

El esclarecimiento de violaciones graves a derechos humanos cometidas durante el pasado en nuestro país, como desapariciones forzadas y torturas, puede prevenir futuras conductas que atenten contra la dignidad de las personas, por lo que es necesario impulsar el análisis de contexto como herramienta de investigación de las mismas, así lo expresó el Secretario Ejecutivo de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), Francisco Estrada Correa.

Asunto:

Sobre la investigación de violaciones graves a los derechos humanos a la seguridad ciudadana, de acceso a la justicia en su modalidad de procuración a la verdad, así como al principio de interés superior de la niñez y adolescencia, por dilación e irregular integración de las carpetas de investigación, cometidas en agravio de personas en contexto de migración internacional, secuestradas durante su tránsito por el Estado de Tamaulipas.

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Asunto:

Sobre la omisión del deber de cuidado y la no observancia del principio del interés superior de la niñez, que derivaron en violaciones graves a los derechos humanos al trato digno, a una vida libre de violencia, a la integridad y seguridad personal, y al sano desarrollo integral, con motivo de la violencia sexual cometida en agravio de 15 personas menores de edad (10 niñas y 5 niños), así como de diversos alumnos de un centro educativo localizado en el Municipio de Chapala, Jalisco, cuyas identidades no pudieron ser establecidas.

Asunto:

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 37VG/2020 al Secretario de Marina (SEMAR), José Rafael Ojeda Durán, por violaciones graves a los derechos humanos a la libertad, integridad y seguridad personal, legalidad, seguridad jurídica y a la vida, en agravio de cuatro personas que fueron detenidas de forma arbitraria, sometidas a malos tratos, uso excesivo de la fuerza y ejecutadas, atribuibles a funcionarios públicos de la SEMAR.

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Asunto:

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) solicitó información a diferentes autoridades para verificar el avance del cumplimiento de la Recomendación 80/2013, emitida por violaciones graves a derechos humanos, sobre la privación de la vida de 72 personas migrantes, ocurrida el 25 de agosto de 2010, en el municipio de San Fernando, Tamaulipas, específicamente en lo relacionado con la investigación de los hechos, sanción a los responsables, reparación del daño y garantías de no repetición.

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Asunto:

La CNDH dirigió la Recomendación 35VG/2020 por violaciones graves a los derechos humanos, al Secretario de Marina, por la detención arbitraria y desaparición forzada de cinco personas; además de la detención arbitraria y privación ilegal de la libertad de una más en Ciudad Camargo, Tamaulipas. Tras analizar el caso, este Organismo Autónomo encontró evidencias que le permitieron acreditar violaciones graves a los derechos humanos a la libertad y seguridad personal, a la legalidad e integridad personal, atribuibles a personal de la Secretaría de Marina.

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Asunto:

La CNDH emitió Recomendación a los gobiernos de Guanajuato, Michoacán y Querétaro, por omisión en casos de graves violaciones de derechos humanos ocurridos en albergues operados por la “Ciudad de los Niños Salamanca A.C.”. El organismo demanda para las víctimas una reparación integral del daño, que incluya la atención médica especializada integral, así como el pago de una compensación y/o indemnización. Emplaza a cancelar el registro de la Asociación Civil en el padrón de Organizaciones de la Sociedad Civil con fines de asistencia social, para que no continúe acogiendo a personas menores de edad y/o personas adultas que viven con discapacidad o padezcan alguna adicción.

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