La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 53VG/2022 al titular de la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA), Luis Cresencio Sandoval González, por violaciones graves a los derechos humanos a la libertad, seguridad jurídica y personal por retención ilegal, y a la integridad personal y al trato digno por actos de tortura, en agravio de una víctima, atribuibles a elementos de la SEDENA en el estado de Michoacán.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud de V1 y V2, y a la vida e interés superior de la niñez de V2 en el Hospital Rural del programa IMSS-Bienestar en Mapastepec y el Hospital General de Zona 1 en Tapachula, ambos del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en Chiapas.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud y a la vida de V, así como a la información en materia de salud en agravio de QV, en la unidad de medicina familiar numero 13 del Instituto Mexicano del Seguro Social en Saucillo, Chihuahua.
Es necesario sumar esfuerzos para cumplir con los Objetivos planteados en la Agenda 2030 de Desarrollo Sostenible de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y generar propuestas efectivas que den respuesta a las consecuencias generadas por la pandemia, a problemas heredados por un modelo económico depredador y atender situaciones concretas como la pobreza y desigualdad, señaló esta mañana la presidenta de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), maestra María del Rosario Piedra Ibarra.
Discurso de la Presidenta de la CNDH, Mtra. Rosario Piedra Ibarra, en la inauguración del Foro Regional México-Centroamérica: Intercambio de buenas prácticas para el cumplimiento de la Agenda 2030 de Desarrollo Sostenible
Como parte de los objetivos asumidos por la CNDH para constituirse en una verdadera defensoría del pueblo y mantenerse cercana a las personas víctimas y posibles víctimas de violaciones a derechos humanos, en cumplimiento al mandato constitucional establecido en los artículos 1° y 18; así como, en el artículo 6, fracción XII de nuestra Ley, se da a conocer a través del presente instrumento, el Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria correspondiente al año 2021 (en adelante DNSP 2021), en el que se da muestra de la incidencia que este Organismo Autónomo mantuvo en los centros penitenciarios federales, estatales y militares de nuestro país, a fin de constatar las actuales condiciones en las que se encuentran hombres y mujeres privadas de la libertad y, sus hijas y/o hijos que viven con ellas.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y al interés superior de la niñez, por inadecuada atención médica, en agravio de V1, en el Hospital General Emiliano Zapata, Hospital Pediátrico Moctezuma, ambos de la Secretaría De Salud de la Ciudad de México y en el Centro Médico Nacional la Raza, del IMSS en la Ciudad de México.




