Asunto:

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) deberá otorgar atención psicológica y/o tanatológica, además de reparar integralmente el daño, a los familiares de una mujer quien perdió la vida por deficiente atención médica y actos constitutivos de violencia obstétrica en el Hospital de Gineco Obstetricia número 3 del Centro Médico Nacional “La Raza”, en la Ciudad de México, según consta en la Recomendación 92/2025 emitida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).

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Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la vida, a la salud materna, a una vida libre de violencia de tipo obstétrica de V1; al acceso a la información en materia de salud de QVI1, VI2, QVI3, VI4, VI5 y VI6; así como al proyecto de vida de QVI1, QVI3, VI4, VI5 y VI6, al derecho humano a la integridad de QVI1 y QVI3 y respecto a VI2 sobre la vulneración a su derecho humano a la protección de la vida familiar en observancia al interés superior de la niñez; en el Hospital de Gineco Obstetricia no. 3 del Centro Médico Nacional (La Raza) del Instituto Mexicano del Seguro Social en la Ciudad de México.

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Asunto:

Sobre el caso de violación a los derechos humanos a la protección de la salud materna, al derecho reproductivo, a la vida y a una vida libre de violencia de tipo obstétrica de V1 persona indígena náhuatl, al acceso a la información en materia de salud de QVI1, así como al proyecto de vida de QVI1, VI3 y VI4 y respecto a VI2 y VI3 sobre la vulneración a su derecho humano a la protección de la vida familiar en observancia al interés superior de la niñez; en el Hospital Rural no. 12 Zongolica, Veracruz, del Instituto Mexicano del Seguro Social.

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Asunto:

Tras acreditar violaciones a los derechos humanos de una mujer náhuatl, a la protección de la salud materna, al derecho reproductivo, a la vida y a una vida libre de violencia obstétrica, atribuibles a personal médico del Hospital Rural No. 12, en Zongolica, Veracruz, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 86/2025 al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y su personal deberá participar en un curso de sensibilización para que brinde atención médica de calidad desde una perspectiva de género.

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Asunto:

Personal médico del Hospital General de Zona número 1 “Dr. Demetrio Mayoral Pardo”, ubicado en Oaxaca, otorgó de manera precipitada el alta médica a una mujer embarazada en trabajo de parto, lo que provocó que su parto fuera atendido en su domicilio y en condiciones inadecuadas, provocando con ello daños a la salud de la persona recién nacida, según la Recomendación 67/2025, emitida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

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Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud materna, a una vida libre de violencia de tipo obstétrica y al acceso a la información en materia de salud de QV1, a la salud y al interés superior de la niñez de V2; así como al proyecto de vida de QV1, VI1, VI2, VI3, VI4, VI5, VI6, VI7 y con respecto a V2 vulnerando su derecho humano al desarrollo integral, lo que repercute en su crecimiento y vida, en el Hospital General de Zona no. 1 “Dr. Demetrio Mayoral Pardo” del Instituto Mexicano del Seguro Social en Oaxaca de Juárez, Oaxaca.

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Asunto:

Ante los actos de violencia obstétrica y atención inadecuada que sufrió una mujer embrazada en la Clínica Hospital 24-D, ubicada en Ciudad Mante, Tamaulipas, que derivó en el fallecimiento del producto de la gestación, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 55/2025 al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).

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Asunto:

A solicitud de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) deberá reparar el daño ocasionado y proporcionar atención psicológica a una paciente quien fue víctima de atención inadecuada y violencia obstétrica durante la labor de parto en un hospital de Culiacán, Sinaloa, lo que derivó en la pérdida del producto de la gestación.

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Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a una vida libre de violencia obstétrica y al proyecto de vida de QV, al interés superior de la niñez y a la protección a la vida de V; así como al acceso a la información en materia de salud en agravio de QV y VI, atribuibles a personas servidoras públicas de la Clínica Hospital 24-D del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, localizado en Ciudad Mante, Tamaulipas.

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Asunto:

Al investigar una queja por irregularidades en la atención otorgada a una mujer al término de su embarazo, en un hospital perteneciente al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), en la Ciudad de México, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) constató actos de violencia obstétrica que, además, comprometieron la salud del producto de la gestación que derivaron en su lamentable fallecimiento, según consta en la Recomendación 41/2025 emitida por este organismo nacional.

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