Asunto:

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 69/2024 al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) tras comprobar que el personal médico del Hospital Rural del IMSS Bienestar en Villa Ávila Camacho "La Ceiba" en Xicotepec, Puebla, vulneró los derechos humanos de una mujer gestante, provocando la pérdida del producto de la gestación. Se acreditaron violaciones a los derechos a la salud, a una vida libre de violencia obstétrica e institucional, y al acceso a la información en materia de salud.

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Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos relativos al derecho a la salud, a una vida libre de violencia obstétrica de QV1, así como al acceso a la información y al proyecto de vida de QV1 y QVI1, en el Hospital Regional “Dr. Valentín Gómez Farías” del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en Zapopan, Jalisco

Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a una vida libre de violencia obstétrica en agravió de QV, así como al acceso a la información en materia de salud y daño al proyecto de vida en agravio de QV y VI, por personal médico en la Clínica Hospital ISSSTE en Hidalgo del Parral, Chihuahua

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Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos relativos al derecho a la salud, a la vida, a una vida libre de violencia obstétrica de V1, así como al proyecto de vida y de acceso a la información de QVI1, VI2, VI3, VI4, VI5, VI6 y VI7 en el Hospital Rural Solidaridad No. 32 del Instituto Mexicano del Seguro Social, en la Ciudad de Tula, Tamaulipas.

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Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos relativos al derecho a la salud, a una vida libre de violencia obstétrica e institucional, así como al acceso a la información en agravio de QV1, y de manera indirecta a VI1 en el Hospital Rural IMSS-Bienestar de Villa Ávila Camacho “La Ceiba”, en Xicotepec, Puebla

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Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos relativos a la protección de la salud, a la integridad personal, a una vida libre de violencia obstétrica, y al acceso a la información en agravio de QV en la Unidad de Medicina Familiar No. 45 y en el Hospital General de Zona No. 6 del Instituto Mexicano del Seguro Social en Nuevo León

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Asunto:

Sobre el caso de violación al derecho a la protección de la salud; a la vida, a una vida libre de violencia obstétrica en agravio de V1; así como al acceso a la información y al proyecto de vida de QVI1, VI2, VI3, VI4 y VI5, en el Hospital General de Zona No. 1 del Instituto Mexicano del Seguro Social en Durango, Durango

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Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud en agravio de V1 y V2; así como, a una vida libre de violencia obstétrica de V1; a la vida por inadecuada atención médica y al interés superior de la niñez en agravio de V2 recién nacido; a la afectación al proyecto de vida de QVI, V1 y VI1; al acceso a la información en materia de salud en agravio de QVI y V1, por omisiones de personas servidoras públicas en el Hospital General de Zona con Medicina Familiar Número 01 “Dr. Abraham Azar Farah” del Instituto Mexicano del Seguro Social, en el Estado de Campeche

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Asunto:

Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos relativos a la protección de la salud, a una vida libre de violencia obstétrica, a la libertad y autonomía reproductiva, al acceso a la información en materia de salud de QV1, y de la vida de V2, en el Hospital de Orizaba del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y el Hospital Regional de Río Blanco, de los Servicios de Salud en el Estado de Veracruz.

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Asunto:

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 280/2023 al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), por violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a una vida libre de violencia obstétrica en agravio de una mujer embarazada; así como a la vida en agravio de la persona neonata, hechos atribuibles al personal del Hospital Rural Bienestar número 37, en Matías Romero de Avendaño (HR-37), Oaxaca.