Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud y a una vida libre de violencia obstétrica en agravio de V1, a la vida y al interés superior de la niñez de V2, así como al acceso a la información en materia de salud en agravio de V1, QVI, VI1 y VI2, atribuibles a personas servidoras públicas del Hospital de Ginecopediatría no. 3a del Instituto Mexicano del Seguro Social en la Ciudad de México.
Irregularidades en el otorgamiento de atención médica a una mujer en labor de parto, en un hospital del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), en Tijuana, Baja California, ocasionaron el deterioro de la salud del producto de la gestación -quien lamentablemente perdió la vida- y configuraron actos de violencia obstétrica.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud materna, a una vida libre de violencia de tipo obstétrica y al acceso a la información en materia de salud de QV1; al interés superior de la niñez y a la protección de la vida de V2, así como al proyecto de vida de QV1, VI3 y VI4 en el Hospital de Gineco-Obstetricia no. 7 del Instituto Mexicano del Seguro Social en Tijuana, Baja California.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 27/2025 dirigida al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) debido a la negligencia sufrida por una mujer con embarazo de alto riesgo, principalmente por parte de médicos residentes en el Hospital Rural Prospera No.12 (HR-12), lo que resultó en la muerte de su bebé.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, y a una vida libre de violencia obstétrica de QV, así como al acceso a la información en materia de salud en agravio de QV y VI, atribuibles a personas servidoras públicas del Hospital Rural no. 12 del Instituto Mexicano del Seguro Social en Zongolica, Veracruz.
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y la Secretaría de Salud del Estado de Coahuila de Zaragoza (SSE) deberán reparar integralmente el daño causado a una mujer de escasos recursos económicos, quien fue víctima de violencia obstétrica y atención médica deficiente durante su embarazo en hospitales de ambas dependencias, ocasionando con ello afectaciones a su proyecto de vida y el fallecimiento de su bebé.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la salud materna, a una vida libre de violencia de tipo obstétrica, al acceso a la información en materia de salud en agravio de V1, así como al proyecto de vida de V1, VI1 y VI2, atribuibles a personal del Hospital Rural número 79 del Instituto Mexicano del Seguro Social en Matamoros, Coahuila y del Hospital General de la Secretaría de Salud del Estado de Coahuila, en Torreón, Coahuila.
De acuerdo con la investigación realizada por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), personal de la Unidad de Medicina Familiar número 9 (UMF-9) del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en San Francisco del Oro, Chihuahua, atendió deficientemente los problemas médicos que sufrió una mujer embarazada, provocando el deterioro de la salud del producto de la gestación y su posterior fallecimiento.
Sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la salud materna, a una vida libre de violencia obstétrica, en agravio de QV1, así como daño al proyecto de vida de QV1, VI1, VI2 y VI3 en la Unidad de Medicina Familiar No. 09 del Instituto Mexicano del Seguro Social, en San Francisco del Oro, Chihuahua
El 26 de enero de 2022, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) recibió una queja en favor de la víctima, mujer náhuatl, quien no recibió una atención médica adecuada y oportuna; además de ser discriminada en el Hospital Rural Zongolica, Veracruz, del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), lo que derivó en la pérdida del producto de la gestación.